Conferencia de prensa del jefe de Gabinete, en Casa Rosada 22 de julio de 2014

CONFERENCIA DE PRENSA DEL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, JORGE CAPITANICH, EN LA CASA DE GOBIERNO

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CAPITANICH.- Muy buenos días a todos y a todas. Como es de público y notorio conocimiento, la presidenta de la Nación, doctora Cristina Fernández de Kirchner junto al ministro Florencio Randazzo, ayer procedieron a inaugurar nuevas formaciones del tren Sarmiento, y eso, como la misma Presidenta lo ha indicado, son cerca de 4.800 millones de dólares de inversión total proyectado entre lo que ya se ejecutó en términos de inversión y lo que se está ejecutando, con una proyección hasta el año 2016, lo cual implica un gran nivel de inversión en materia de transporte ferroviario de pasajeros y de cargas; de 241.000 pasajeros tiene un salto cualitativo extraordinario hasta llegar a 400.000 pasajeros, que cuando funcione el total de 25 formaciones de nuevos trenes cada una, esto implicará aproximadamente llegar a cerca de 480.000 personas que podrán viajar con más frecuencia, confort y comodidad.

En segundo lugar, es muy importante el informe que ha suministrado el Secretario de Comunicaciones, respecto al procedimiento licitatorio respecto a la tecnología 4 G para telefonía celular que alcanzará a ciudades de más de 100.000 habitantes, a partir de mayo del 2016, que estableció básicamente un sistema y un cronograma que permite hasta el mes de octubre la subasta correspondiente, luego la adjudicación y el proceso de ejecución de inversiones para mejorar sustancialmente la calidad del servicio de comunicaciones de telefonía celular, incorporando obviamente una mejor tecnología.

En tercer lugar, me parece muy importante observar no solamente la evolución propicia y satisfactoria en el comportamiento del primer semestre en materia de recursos de carácter fiscal, tanto coparticipación federal de impuestos en forma automática como otros recursos de jurisdicción nacional ha mostrado un comportamiento positivo e incremental. En el transcurso del mes de julio el nivel de evolución alcanza a 35,18 por ciento con respecto al mismo período del año anterior, lo que se viene recaudando en este mes de julio.

Y respecto al Fondo Nacional Solidario, es decir el nivel de coparticipación de recursos derivados de los derechos de exportación a la soja, que como recordarán ustedes el 70 por ciento se distribuye directamente a las provincias y el 30 por ciento a los municipios para la ejecución de obras de infraestructura, esto ha tenido una evolución positiva e incremental del 92,97 por ciento en el mes de julio respecto al mismo mes del año anterior. Esto implica una conjugación de incremento a nivel de precios promedio del cultivo respecto al mismo mes, con una expansión en la cantidad del producto liquidado.

También, como ustedes saben, he tenido la oportunidad de reunirme ayer con Antonio Caló, Secretario General de la CGT y también con miembros de la Comisión Directiva. Ellos han tenido un planteo respecto al impacto desde el punto de vista del Impuesto a las Ganancias asociado al tema principalmente del medio aguinaldo. También han hecho observaciones respecto al Mínimo No Imponible y su evolución, y han planteado una serie de cuestiones que ellos harán públicas seguramente.

Pero me parece que es importante remarcar, respecto al tema de Impuesto a las Ganancias, que la presidenta de la Nación, la doctora Cristina Fernández de Kirchner, en el 2013 dictó un instrumento jurídico que es el decreto 1.242 del año 2013. Ese decreto básicamente toma una ponderación desde enero al mes de agosto del 2013. De manera que quienes tengan salarios o sueldos inferiores a 15.000 pesos no pagan Ganancias. Eso es lo que dice el decreto 1.242, que se mantiene ahora. Los trabajadores con sueldo bruto inferior a 15.000 pesos, son una gran mayoría en términos de contabilización trabajadores denominados SIPA y no SIPA. ¿Qué es el SIPA? El Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones de la República Argentina. Antes, como ustedes recordarán, no estaban consolidadas dentro del sistema las jurisdicciones provinciales. O sea, las provincias no habían consolidado el sistema de liquidación de haberes del sector público, que eso se consolidó a partir del año 2013. Cuando uno toma los datos de trabajadores y jubilados SIPA y no SIPA, o sea el sistema total, alcanza a 9.953.937 personas, de las cuales si uno toma quienes pagan efectivamente el Impuesto a las Ganancias, son 1.039.874 personas. Esto equivale a decir el 10,4 por ciento del total de trabajadores y jubilados del sistema de un modo integral.

Aquí efectivamente lo que es necesario remarcar es que la sumatoria total de percepción en materia de recaudación impositiva esperada para el 2014, equivale a 54.151 millones de pesos, entre las personas físicas que son los trabajadores y jubilados que están adheridos al sistema.

En este sentido lo que quiero transmitir es que cuando la presidenta Cristina Fernández de Kirchner dicta el decreto 1.242/13 lo que hace es beneficiar y excluir a 1.198.140 trabajadores y jubilados. Antes de la vigencia del decreto 1.242 estaban alcanzadas por el Impuesto a las Ganancias 2.238.014 personas. A partir del decreto sólo pagan 1.039.874 personas, esto es 53,5 por ciento de los empleados alcanzados por el impuesto. Por lo tanto, como ustedes saben, el tema tiene que ver con la aplicación del Mínimo no Imponible, su curva de aplicación en virtud de los niveles de ingreso, y a su vez también respecto al registro de las deducciones de carácter especial.

El sistema impositivo y previsional de la República Argentina tiene un sistema de financiamiento. Concretamente, el Sistema de Seguridad Social en la República Argentina tiene el 60 por ciento de financiamiento con aportes y contribuciones de trabajadores, que está asociado al número de trabajadores. O sea, cuando la economía crece, hay más empleo y mejora la percepción de salarios a partir del funcionamiento de paritarias, implica que se incrementan por cantidad y por cantidad de trabajadores, o sea percepción de sueldos, los aportes y contribuciones. Eso ha permitido aumentar el financiamiento del Sistema de Seguridad Social. ¿Para qué? Para avanzar de 400.000 a 1.400.000 personas, que antes no tenían pensiones no contributivas, o para financiar la Asignación Universal por Hijo, o para mejorar el sistema de moratoria previsional para que 2,7 millones de jubilados puedan incorporarse al sistema, que serán cerca de 473.000 cuando el Congreso apruebe la moratoria previsional.

Es decir, el Sistema de Seguridad Social se nutre del aporte y las contribuciones que está asociado al número de trabajadores formales, y a su vez el número de trabajadores formales tiene que ver con la cantidad de trabajadores y con el salario que perciben. Pero a su vez el 40 por ciento restante del financiamiento del Sistema de Seguridad Social está asociado al financiamiento en materia impositiva, a partir del cual el Impuesto a las Ganancias tiene una participación significativa.

Y a su vez es muy importante observar cuál es el impacto que tiene la aplicación de una medida en materia impositiva respecto a varias cuestiones. Primero, cuánto impacta en la menor percepción de ingresos del Sistema de Seguridad Social. Es decir, si el Sistema de Seguridad Social, vía aportes y contribuciones o vía impositiva, tiene una reducción entonces tenemos dificultades para Asignación Universal por Hijo, para pensiones no contributivas o para el haber jubilatorio promedio.

La segunda cuestión es que también el Impuesto a las Ganancias es un impuesto coparticipable, por lo tanto de acuerdo a la magnitud de la provincia, si existe una menor percepción del Impuesto a las Ganancias, puede afectar el resultado fiscal de una provincia, o la fuente de percepción de ingresos de una provincia para cumplir metas de carácter fiscal o que están asociadas a la inclusión social o al desarrollo económico de cada una de ellas.

Por lo tanto, la síntesis de lo que quiero transmitir, porque muchas veces no se advierte esta cuestión que es significativa, es: primero, el trabajador o jubilado que por del decreto 1.242/13 no estaba alcanzado por el Impuesto a las Ganancias durante el mes de septiembre, octubre, noviembre del año pasado, enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio de este año, tampoco está alcanzado por el impuesto. Por lo tanto la situación en términos de cantidad de trabajadores no ha variado. Entonces los reclamos pueden intensificarse o no por razones de carácter político, pero no por el número de cantidad de trabajadores y jubilados involucrados.

O sea, vuelvo a insistir en lo siguiente, si un trabajador en las paritarias de este año ha visto mejorar su nivel de ingresos, o sea su salario, y si estaba encuadrado en el decreto 1.242 del año 2013, es decir que tenía un salario inferior a 15.000 pesos tampoco paga impuestos. Hay excepciones como en todos los casos. Nosotros hemos observado, porque a partir de las demandas y de las notas procesamos esta información, que hay casos como 70.000 trabajadores por ejemplo, que deberían estar incluidos dentro del sistema de retenciones y no están incluidos por diversos motivos, y 33.000 que están incluidos y que no deberían estar incluidos porque en el año 2013 de enero a agosto tuvieron horas extras que se registraron en el sistema o mecanismos de ingresos adicionales que hicieron superar los 15.000 pesos y fue objeto de retenciones del Impuesto a las Ganancias.

Esto es lo que quiero transmitir, y como síntesis: el trabajador y/o jubilado que estaba por el decreto 1.242 no alcanzado por el impuesto, sigue no alcanzado por el impuesto independientemente del aumento de su salario. Segundo, alcanzan a 1.039.874 personas de 9.953.937, es decir el 10,4 por ciento. Tercero, efectivamente en el ámbito del Congreso hay múltiples proyectos, las distintas representaciones gremiales de los trabajadores plantean observaciones respecto a deducciones especiales o mínimo no imponible o la progresividad del mismo por tramo de ingresos, pero eso forma parte de una discusión más estructural.

PERIODISTA.- La primera pregunta es qué va a pasar si el juez Griesa rechaza hoy el amparo a favor de la Argentina para poder pagar a los bonistas. Por otro lado, un grupo de bonistas europeos le pidió al juez Griesa rechazar el beneficio de la cláusula RUFO para poder arreglar con los bonistas y que ellos puedan cobrar.

CAPITANICH.- En primer lugar hay múltiples escenarios obviamente en la decisión de carácter judicial, cuando se adopte la decisión mañana tendremos la oportunidad de explicar las opciones derivadas de la decisión. Pero creo que es importante ratificar la posición de la República Argentina, que ha sido coherente en forma sistemática en las presentaciones efectuadas ante el juez Griesa. En primer lugar, la República Argentina mantiene su posición de propiciar un diálogo que permita condiciones justas, equitativas, legales y de carácter sustentable para el 100 % de los bonistas. En segundo lugar, la República Argentina sostiene enfáticamente que ha depositado los recursos para cumplir los servicios de capital e intereses de las obligaciones financieras emanadas del proceso de reestructuración 2005-2010. Tercero, la República Argentina paga, cumple con sus obligaciones, por lo tanto no hay ninguna posibilidad de la declaración entre comillas de default técnico, porque como deudor cumple sus obligaciones y no puede existir ningún juez, ningún acreedor que declare el default del deudor, porque en definitiva existe voluntad de pago y ratificación de esa voluntad de pago por parte de la República Argentina. En cuarto lugar, la presentación establece claramente las implicancias de la aplicación de la cláusula RUFO, que implica el acreedor más favorecido, eso se lo hemos explicado al pueblo argentino en reiteradas oportunidades, pero es bueno seguir explicando en detalle. Son cláusulas que fueron incorporadas a los bonos reestructurados por la República Argentina del default del 2001. ¿Qué se hizo en ese momento? Creo que es bueno también ratificar las declaraciones para O Globo del ex ministro Roberto Lavagna, ratificando claramente que Argentina cumple sus obligaciones, por lo tanto no incurre en default. Y me parece que es importante observar lo siguiente: en el 2001 la Argentina declara el default de la deuda, monto total 81.000 millones de dólares. Se da un proceso a partir del cual, desde el liderazgo del presidente Néstor Kirchner desde el 25 de mayo del 2003, se establece claramente la necesidad de propiciar una estrategia de crecimiento económico, garantizar capacidad de pago y en condiciones satisfactorias cumplir con estos compromisos. El proceso implicó quita, implicó espera, implicó reducir legislaciones y reducir el número de bonos, y generó las condiciones para la emisión de estos instrumentos de pago. Recién en el 2005 se pudieron generar las condiciones que permitieron una quita y una reducción significativa de la deuda, y una adhesión del 76%; en el 2010 llegamos al 92,4% restante. Muy bien, lo que eso implica es un contrato, un prospecto que es una ley para las partes, es un contrato y a su vez tuvo la no objeción por parte de la Comisión de Valores de Nueva York. Entonces lo que ha hecho la República Argentina es cumplir rigurosamente los servicios de deuda. Se introdujo una cláusula que es la denominada cláusula RUFO, del acreedor más favorecido, como un incentivo al tratamiento igualitario de los acreedores en el sentido de garantizar claramente las condiciones de cumplimiento por parte del país. Y lo que se hizo es cumplir a rajatabla con esto. El 1%, accionistas minoritarios, que jamás invirtieron un peso en la Argentina, que adquirieron bonos, 61% del ruinoso megacanje de 150 millones de dólares de comisiones y efectivamente 56.000 millones de dólares de incremento de deuda, y el 39% restante de bonos 1996 – 2000. Por lo tanto lo que dice la República Argentina es lo siguiente: necesitamos un stay. ¿Qué significa eso? La suspensión de la orden de ejecución de la sentencia. ¿Con qué objeto? Con el objeto de la no aplicación de la cláusula RUFO en términos de acreedor más favorecido. ¿Por qué razón? Por las implicancias sistémicas que generarían entre 120 a 500.000 millones de dólares, según el efecto de la aplicación por eventuales juicios que se propugnen contra la República Argentina. Y a su vez implicaría perjuicios notorios a los funcionarios responsables, desde la presidenta de la Nación a cada uno de sus ministros. Por lo tanto la aplicación de un stay es lo que permite cumplir con las disposiciones legales de Argentina. Y a su vez hemos planteado claramente en el escrito que si el Juez o si también los buitres dicen que efectivamente la cláusula RUFO no aplica, por qué no pagan un seguro, porque si no aplica obviamente el seguro sería irrisorio y en consecuencia tendríamos la cobertura legal frente a implicancias sistémicas. En consecuencia lo que la República Argentina siempre ratifica en sus escritos es la misma posición, es decir cumple con sus obligaciones, paga su deuda, pretende establecer un diálogo para que las condiciones de negociación sean equitativas, legales, sustentables y por supuesto razonables para el 100% de los bonistas. Por lo tanto actúa con buena fe en el marco de la Constitución y las leyes que reglamentan su ejercicio y obviamente para resolver estructuralmente el problema, logrando proteger claramente al 92,4% de los acreedores que se adhirieron al canje, y estableciendo condiciones para resolver el resto de los acreedores. En este sentido, como ustedes saben, Argentina depositó el dinero y hay tres tipos de legislación, la de Nueva York, la legislación argentina y la legislación Gales e Inglaterra. En definitiva hay bancos, desde el agente fiduciario, Bank of New York, otros como por ejemplo Euroclear, que el juez tiene que resolver la asignación de los recursos para que les llegue a la cuenta correspondiente de cada uno de los tenedores. Eso es de lo que se trata y de lo que se va a resolver.

PERIODISTA.- Volviendo al tema ganancias, siempre que surgen estas reuniones desde el lado sindical se dice que el Impuesto a las Ganancias aplicado a los trabajadores es un impuesto al salario, al trabajo. ¿Cuál es la posición del gobierno en este sentido? Porque parece ser un mensaje destinado al millón y pico de trabajadores que están incluidos en el pago de este impuesto a partir de los 15.000 pesos de salario. ¿Para el gobierno por qué no es un impuesto al trabajo?

CAPITANICH.- El Impuesto a las Ganancias tiene cuatro categorías, y en este sentido se aplica sobre la cuarta categoría, que involucra obviamente a personas físicas o jurídicas. En el caso de personas físicas pueden ser trabajadores, empresarios, cuentapropistas, pueden tener distintas características desde el punto de vista de la generación de ingresos con su respectiva actividad. Cuando uno toma legislación comparada de los países de América del Sur o los países del mundo, observará claramente que en términos comparativos los trabajadores son tributarios de impuesto a las ganancias. Por lo tanto no es que efectivamente se trata de un impuesto al trabajo, tiene que ver con el nivel de generación de ingresos derivados de su correspondiente trabajo. En ese sentido hay trabajadores que mayoritariamente perciben entre 15 y 20.000 pesos, o menos de 15.000 como se observa claramente. Hablando en cifras redondas, estamos hablando de 10 millones de personas, trabajadores y jubilados, de los cuales el 10%, un millón, contribuye. Y vuelvo a insistir en esto, porque pareciera ser que con las paritarias y el incremento de salarios ha aumentado el número de trabajadores que pagan impuestos y esto no es así, sino que se mantienen los que contempla el Decreto 1242/13. Lo que observamos claramente es que el sistema que aplica el Impuesto a la Ganancias es un sistema de progresividad. Como usted sabe también la progresividad tiene que ver con la proporcionalidad en materia de ingresos, cuando más gana más paga. Ocurre lo mismo en las empresas, cuando la empresa obtiene más rentabilidad obviamente tiene que pagar en el caso de las personas jurídicas el 35% del Impuesto a las Ganancias y eso implica en términos absolutos y nominales que cuando más plata gana una empresa más tiene que pagar. En consecuencia la política tributaria siempre debe tender a la redistribución, esto es que los que menos ganan tengan más beneficios que los que más ganan. Por supuesto siempre hay cuestiones que tienen que ver con el mínimo no imponible, casos de carácter excepcional, problemas de deducciones especiales que tienen que ver con la estructura tributaria en sí, pero el principio de carácter general es que el Impuesto a las Ganancias grava capacidad contributiva, que tiene que ver con el ingreso y obviamente la progresividad del impuesto está directamente asociada a la percepción de sus ingresos, quien más gana más paga.

PERIODISTA.- Le vuelvo a consultar sobre el tema de ganancias. No me queda claro, teniendo en cuenta las paritarias, por qué no se incrementa el número de trabajadores que son alcanzados por el impuesto, si esto tiene que ver con la redacción del decreto o es por una cuestión económica. Sobre el mismo tema, mañana si no me equivoco viene la CTA que conduce Hugo Yasky, seguramente con los mismos reclamos que ayer expresó Antonio Caló de la CGT. ¿El gobierno -de cualquier modo más allá de las explicaciones que usted da respecto a de dónde se saca el dinero que se dejaría de cobrar por ganancias- evalúa la posibilidad de realizar alguna modificación con otra forma de financiamiento?

CAPITANICH.- En primer lugar usted me pregunta por qué; porque el Decreto 1242/13 establece lo siguiente: toma los ingresos generados desde enero hasta agosto del 2013 y establece un tope de 15.000, menos de 15.000 no paga, y eso se mantiene congelado para el año siguiente. ¿Queda claro? Respecto a la decisión, ¿qué es lo que hicimos ayer? Hemos tenido una extensa conversación, ellos han planteado temas que están asociados a los problemas del medio aguinaldo y cómo impacta desde el punto de vista de la percepción de ingresos para la franja que efectivamente ya estaba tributando a partir del decreto 1242, plantearon el impacto de horas extras o la variación de la categorización de un trabajador, por ejemplo que antes pagaba, estaba incluido, lo bajan de categoría por alguna razón y tiene que seguir pagando, o sea hay una casuística integral que estamos analizando, cuando tengamos una decisión obviamente la publicaremos. Muchas gracias.

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