Esta tarde, la ministra de Salud, Graciela Ocaña, anunció que la presidenta Cristina Fernández promulgó la Ley de Obesidad, recientemente sancionada por el Congreso, aunque con la introducción de algunas correcciones sobre artículos que se contraponían con normas vigentes.
La funcionaria señaló que los artículos observados son:
El artículo quinto: Coloca a la obesidad como una de las enfermedades a seguir por el Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica. Éste sistema tiene como objeto el seguimiento de enfermedades transmisibles y/o agudas, exclusivamente.
El artículo onceavo: Establece que todos los productos deben tener en su rótulo la frase "nutrientes escenciales" y explicar, en el caso que corresponda, que su consumo es perjudicial para la salud. En realidad, el impacto los nutrientes escenciales sobre la salud van variando de acuerdo a la edad de cada persona, explicó la ministra.
El artículo vigésimo: Impone que los productos alimenticios deben poseer una leyenda que indique que las grasas trans son perjudiciales para la salud. Esta indicación va en contra de normas ya adoptadas a nivel Mercosur.
El artículo vigésimo primero: Delega al Poder Ejecutivo facultades para imponer sanciones, hecho que no es constitucional.
Por otra parte, Graciela Ocaña informó que la presidenta Cristina Fernández firmó un decreto que establece la creación, en un plazo no mayor a 90 días, de una comisión para elaborar la reglamentación de la ley. Ésta comisión funcionará bajo la órbita del Ministerio de Salud, y estará integrada por expertos, señaló la funcionaria.
El anuncio se realizó en la Sala de Conferencias de Casa de Gobierno, y acompañó a la ministra el jefe de gabinete, Sergio Massa.