Límites al ingreso de autos con franquicias de diplomáticos

Se firmó un decreto que fija una nueva reglamentación para las franquicias de los vehículos diplomáticos. Para su nacionalización deberán pagarse los tributos calculados por la Superintendencia de Seguros de la Nación sobre el valor del automotor al momento de su venta.  

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Durante una reunión en el despacho presidencial, Cristina Fernández rubricó el decreto que modifica el régimen de franquicias diplomáticas para la importación de automóviles, que tenía casi 40 años de vigencia. La norma permitía un sistema de desgravación en plazos que posibilitaba un 60% de descuento a los dos años de ingresado, y a los 4 años se podía nacionalizar el vehículo libre de impuestos o también por cese del funcionario.

El documento firmado establece que para su eventual nacionalización deberán pagarse los tributos calculados por la Superintendencia de Seguros de la Nación sobre el valor del automotor al momento de su venta.

De esta manera se impide el uso "fraudulento" de descuentos impositivos. "A partir de ahora todas las personas que quieran transformar un vehículo con placa diplomática en uno normal deberán pagar los impuestos que pagan todos los argentinos", explicó el canciller  Jorge Taiana.

La norma lleva también la firma del jefe de Gabinete, Alberto Fernández; y el titular del Ministerio de Relaciones Exteriores, Jorge Taiana.