Fernández y Taiana franquicias automotores

CONFERENCIA DE PRENSA DEL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, ALBERTO FERNÁNDEZ, Y DEL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, JORGE TAIANA

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FERNANDEZ.- Buenos días a todos. La señora Presidenta acaba de firmar el Decreto 235, que rubricamos junto a ella el señor Canciller y yo. Ese Decreto modifica el régimen de franquicias diplomáticas para la importación de autos y consecuentemente altera el Decreto 25 del año '70, que es el que reglamentaba toda esta operatoria.
Ustedes saben bien que en los últimos días a raíz de una investigación que la misma Cancillería llevó adelante se han detectado situaciones, en algunos casos anomalías, situaciones abusivas que el régimen permitía y que dieron lugar a una serie de acciones que la misma Cancillería impulsó. Voy a dejar al señor Canciller para que les explique a ustedes el sentido y alcance de la norma, después si hay algo que agregar y contestar lo haremos. Muchísimas gracias.

TAIANA.- Efectivamente la Presidenta acaba de firmar el Decreto 235, que modifica de manera sustantiva un Decreto que tenía casi 40 años de vigencia en la Argentina. Y que a lo largo de esos 40 años, en diversas oportunidades y bajo distintos gobiernos, fueron señaladas irregularidades o conductas no apropiadas en la utilización de ese régimen de introducción de automotores. Ciertamente como señaló el Jefe de Gabinete, el año pasado nosotros pusimos en marcha una auditoria que encontró irregularidades varias. De todo eso se puso en marcha un sumario y hay por supuesto actuaciones judiciales que delimitarán las responsabilidades, pero lo que queda claro es que es necesario modificar este régimen para evitar un uso indebido o incluso fraudulento del sistema de franquicias. Ustedes saben que el sistema de franquicias diplomáticas se basa en las convenciones de Viena de Relaciones Diplomáticas de 1961, y de Integraciones Consulares de 1963 y establece que las misiones diplomáticas o los organismos internacionales tienen facilidades para ingresar al país diversos elementos sin el pago de impuestos. Esto es una cosa lógica y aceptada en todo el mundo, que tiende a facilitar la acción y el desempeño de la actividad diplomática. Sin embargo, esa facilidad no tiene que ver con la forma en que, en el caso de los vehículos, uno puede nacionalizar el vehículo. Por eso nosotros obviamente respetuosos de la Convención de Viena cumplimos con ella, el nuevo Decreto la respeta en su totalidad y mantiene la facilidad para el ingreso sin impuestos de los materiales que necesiten los diplomáticos para desarrollar su tarea. Lo que cambia radicalmente es, en el caso de los automotores, lo que se llama el régimen de nacionalización, es decir qué se puede hacer con ese vehículo una vez que está en la Argentina.
El régimen que estaba vigente hasta ahora permitía sistema de desgravación en plazos, a los dos años ya se podía empezar a desgravar con el 60 por ciento de descuento, a los tres años se pagaba el 40 por ciento y a los 4 años se podía nacionalizar libre de impuestos, así como también se podía nacionalizar libre de impuestos por cese del funcionario. Eso queda abolido, a partir de ahora todas las personas que quieran transformar un vehículo extranjero que tiene placas diplomáticas en un vehículo normal, argentino, con placas argentinas, que pueda venderse a un argentino, deberá pagar todos los impuestos que pagan todos los argentinos. Eso introduce un concepto de homogeneidad, transparencia, de claridad y de simplificación de la tramitación que nosotros pensamos elimina la posibilidad de un uso indebido de los tiempos de exención de impuestos. Se acabaron, no hay exención de impuestos si uno quiere nacionalizar un auto. Si uno trae un auto y quiere nacionalizarlo paga los impuestos, si no quiere pagar los impuestos el diplomático cuando termine su función se lo lleva o se lo entrega a otro diplomático.
Este es un cambio radical, se elimina la desgravación impositiva, se elimina la desgravación por cese del funcionario y se establece una norma muy sencilla: todo vehículo que se quiera nacionalizar, incorporar al mercado normal argentino, tiene que hacer el trámite que hace cualquier vehículo extranjero para ser introducido al mercado local, es decir pagar todos los impuestos que correspondan.
La segunda cosa importante que se hace es que se establece que los vehículos que pueden ingresar son los que están de acuerdo con las leyes y normas de tránsito argentinas, porque ustedes saben que ha habido una serie de discusiones acerca del tipo de vehículo que se importa.
Esas son las dos medidas centrales que se toman en relación al régimen establecido por la convención de Viena. Repito, se mantiene estrictamente el principio de la importación libre de impuestos para facilitar la tarea de diplomáticos, y en el caso de los vehículos que se aspire a nacionalizar, se pagan los impuestos -como todos los argentinos- que corresponden para que ese vehículo esté en funcionamiento.
El Decreto además de establecer esta norma que creemos simplifica y elimina de raíz la posibilidad de un uso indebido del sistema de franquicias, establece que cualquier acuerdo bilateral que hubiera con otro país que diera condiciones mejores deberá buscarse su finalización. Al mismo tiempo, también establece internamente una serie de normas para facilitar la coordinación, el control y la transparencia del ingreso de los vehículos por franquicia diplomática y en su caso de la tramitación a la que hubiera lugar. Quiero decir con esto, primero: que por primera vez hay un acuerdo y con la AFIP se van a incorporar los trámites de vehículos al sistema MARIA, en el cual no estaban porque funcionaba como un trámite distinto, separado, van a estar en el sistema MARIA. Segundo, se establece un mecanismo de coordinación con la AFIP y con el Registro del Automotor. Tercero, se establece el reempadronamiento de todos los vehículos diplomáticos que actualmente están, para dotarlos de una placa que tenga normas de seguridad que hoy no tienen, para dotarlos del equivalente de una tarjeta verde que tenga normas de seguridad que hoy tampoco tienen. Se establece la informatización de todos los registros para que estén on line la Cancillería, el Registro del Automotor y la Aduana acerca de qué vehículos están en manos de qué embajada y por lo tanto no haya ninguna posibilidad de confusión o que alguien desvíe un vehículo para un lado que no corresponda. Se toman además una serie de medidas para garantizar que el seguimiento, el otorgamiento de las franquicias, de los procesos de nacionalización si los hubiera o de reexportación, se hagan dentro de un marco transparente, con un récord seguro y con acceso de los distintos sectores.
Con esto creemos que estamos dando respuesta a un problema que en realidad viene de vieja data, por lo cual nosotros decidimos meternos y avanzar, porque obviamente era una cosa que no estaba bien y había indicios de esto. Con estas medidas y con este Decreto de la Presidenta de la República creemos que estamos en el camino de superar cualquier posible mal uso y crear las bases para un sistema más claro, más transparente, más homogéneo y también más justo.

FERNANDEZ.- Creo que ha sido muy explícito el Canciller. Sólo quiero, ratificando lo que él ha dicho, dejar en claro que la señora Presidenta aspira que con este Decreto no se vulnere el principio de igualdad; que aquel que tiene el privilegio de ser representante diplomático en la Argentina y por las normas que bien marcó el señor Canciller de la Convención de Viena, poder ingresar no solamente automóviles sino otro tipo de bienes que necesite para su permanencia en el país, con total franquicia, sin pagar impuestos, no se vea en una situación de privilegio respecto de cualquier otro argentino, que por su condición de argentino si quiere hacer algo semejante tiene que pagar impuestos a la hora de nacionalizar ese bien.
Está perfectamente claro que las necesidades diplomáticas pueden reclamar que personal diplomático en la Argentina pueda tener derecho a importar su propio auto, a lo que no tiene derecho, entendemos, es a ingresarlo al sistema nacional en condiciones de privilegio que no gozan el resto de los argentinos. El señor Canciller ha hecho un trabajo realmente merecedor de elogio, que ha permitido detectar, insisto, una práctica que aunque en algunos aspectos formalmente era válida, porque era un régimen que en muchos casos facilitaba este esquema de nacionalización, dio lugar a abusos inexplicables. Y que, objetivamente, cancillerías anteriores fueron tolerantes con esto, y muchas veces la misma burocracia de la Cancillería que tuvo a cargo el manejo de esto fue tolerante con estas situaciones de abuso. Creo que estamos dando un cambio enorme, claro, definido, merced, insisto, al buen trabajo que el señor Canciller y su equipo han hecho. Y creemos definitivamente que tenemos que facilitar a todas las representaciones en Argentina la posibilidad de trabajar bien, con los bienes que necesiten ingresar a la Argentina, pero no podemos permitir que eso se vuelva en un esquema más favorable del que tiene cualquier argentino a la hora de importar un vehículo y nacionalizarlo. Simplemente lo que estamos haciendo es que cualquier diplomático pueda ingresar un auto, pueda usarlo mientras tenga su permanencia acá y si quiere nacionalizarlo tiene que hacer lo que hace cualquier argentino. Este es un avance importante, insisto, para evitar todas estas situaciones de abuso que marcó muy bien el señor Canciller y fundamentalmente para aplicar una regla de igualdad con el resto de los argentinos.

PERIODISTA.- Quería preguntar al Canciller. ¿Cuántos vehículos tiene autorizados en general un embajada en promedio, dependerá de las embajadas, para poder ingresar y cuántos vehículos de ahora en más podrá ingresar, si va a haber cupos? La segunda pregunta referida a lo mismo, a veces se habla de que se ingresan, gracias a este mecanismo, objetos de arte, cuadros por ejemplo. ¿También están investigando este punto?

TAIANA.- Respecto de los vehículos, hay dos tipos de vehículos que ingresan las embajadas, para su propio funcionamiento, a nombre de la embajada, y también solicitan franquicias a nombre de sus funcionarios, vehículos particulares. La cantidad no es necesariamente fija, depende también del tamaño de la embajada, sí es establecida por los funcionarios. En general las embajadas tienen un límite pero también depende de la cantidad de funcionarios o de elementos. La cantidad de vehículos en total, teniendo en cuenta cuerpo diplomático, organismos internacionales y cuerpos consulares, estamos haciendo un reempadronamiento para ajustar la cifra, son aproximadamente 1.500 los que existen. Hay que tener en cuenta que hay embajadas que tienen cientos de personas que pueden tener derecho a eso.
Respecto de los objetos personales pueden ser ingresados por cualquier funcionario diplomático dentro de sus cosas, no tengo conocimiento de que hubiera alguna denuncia. En ese sentido, si usted me dice que entran objetos de arte, seguramente en los objetos personales de los embajadores entran objetos de arte o pueden ingresar como admisión temporaria en el caso de alguna exposición que tenga auspicio de la embajada. No tengo información sobre esto.

PERIODISTA.- Hay algo que no terminé de entender bien. ¿Se cae también en este caso el acuerdo especial que hay con Uruguay por la importación de algunos vehículos? Quería saber si además se va a designar un administrador para todo este nuevo sistema, para tener la certeza de que se cumpla la norma. Por otro lado qué respuesta se da a las versiones que provienen de algunas cancillerías presuntamente implicadas que están hablando de cierto uso político, si me permite este término, con la difusión de este tipo de delitos.

TAIANA.- Sobre la primera pregunta, hay una indicación expresa de buscar la finalización de todos esos acuerdos. Veremos la mejor forma de hacerlo para que sea efectivo de la manera más inmediata. Respecto de la segunda pregunta, tiene que haber una persona encargada de franquicias en el caso del ministerio y será designada a la brevedad. Además toda esta coordinación sin duda va a requerir mayor comunicación entre las partes con nosotros, o sea con la AFIP, la Aduana, el Registro del Automotor. En el caso específico de la Cancillería - es un detalle que no quería desarrollar- para cumplir con estas indicaciones de informatizar y reempadronar obviamente vamos a hacer una especie de equipo de trabajo numeroso y especial. Estamos trabajando por ejemplo en el archivo de la Cancillería donde tenemos un número de archivistas muy capacitado, los vamos a traer para trabajar en esto. Respecto de la última parte de la pregunta, nosotros hemos hecho una investigación sobre presuntas conductas incorrectas de funcionarios argentinos y tenemos la obligación de denunciarlo a la justicia. Nunca hemos hablado de nadie y el informe de auditoría, que es lo que hace la Cancillería que da origen, a través de la participación que dimos a la SIGEN, a la Fiscalía Nacional de Investigaciones Administrativas, de ahí a la Oficina Anticorrupción y la sugerencia de ella de presentar la denuncia penal, presentamos eso a la Justicia. Nosotros nunca hemos mencionado nada que no estuviera ahí dentro. Las repercusiones periodísticas habrá que preguntárselas a los periodistas. Nosotros no hemos dado información específica de ningún caso y hemos hecho una investigación que está centrada en la presunta responsabilidad de funcionarios argentinos.

FERNANDEZ.- Permítanme agregar algo más para sumar a lo que dice el señor Canciller. El decreto Nº 25 del año 70 establecía un régimen que podía mejorarse. El artículo 30 decía que se podía mejorar este régimen en función de acuerdos bilaterales, o sea que otorgaba a la Cancillería o al país, a través de un sistema de cartas reversales, la posibilidad de mejorar el régimen que el decreto preveía. Ese artículo 30 ha sido derogado, con lo cual no existe la posibilidad de establecer bilateralmente mejores condiciones que este régimen general.

PERIODISTA.- Una precisión. ¿No hay forma de accionar sobre aquellos vehículos que se han vendido con estas franquicias que como usted decía están claramente muy lejos de un principio de igualdad con los ciudadanos normales, no hay forma de accionar sobre esas ventas irregulares para atrás?

TAIANA.- Hay forma de no realizar excepciones, de aplicar con estrictez la norma, que es algo que da la impresión que no ha sucedido claramente en el pasado. A lo que está pendiente hay que aplicarle la norma con la mayor estrictez posible.

FERNANDEZ.- En tanto y en cuanto el proceso de nacionalización no esté concluido empieza a regir esta norma. Si el proceso de nacionalización ha concluido ha imperado con aquella norma, habrá que verificar si se hizo de acuerdo con las normas que existían, porque el problema que el Canciller detectó es que en muchos casos el proceso de nacionalización se hacía sin cumplir los plazos que esa norma, bastante permisiva por cierto, establecía. O sea que además de lo permisiva que era, era violada. Ese es un caso. Después están los casos que se nacionalizaron en virtud de esa norma permisiva, eso no se puede alterar porque son derechos adquiridos. Y están los casos pendientes de nacionalización que se les va a aplicar esta norma.

PERIODISTA.- Con la reglamentación vigente, ¿hay algún tipo de restricciones en cuanto a vehículos que no se van a poder ingresar?

TAIANA.- Es un problema de autorización de la Ley de Tránsito que tiene normas que establecen qué vehículos tienen configuración para entrar. Para que se pueda ingresar un vehículo dentro de franquicia la norma va a ser ahora que cumpla con esos requisitos, antes no se exigía eso dentro de las condiciones, lo cual se prestaba a una serie de situaciones semiconfusas acerca de si la autorización para que entrara era correcta o no.

PERIODISTA.- Pero no hay prohibición especial de algún vehículo específico, salvo que la norma de tránsito lo diga.

TAIANA.- Salvo que no lo autorice la norma de tránsito.