A partir del Decreto 515/2019 se modificó el Régimen de importaciones para bienes destinados a investigaciones científico-tecnológicas (Roecyt), con el objetivo de reducir los costos y facilitar la importación de productos e insumos para la comunidad científica.
La simplificación consistió en unificar todas las autorizaciones de los organismos intervinientes a través de un trámite a distancia acotado, con un único certificado integrador y plazos claros. Además, se eliminan los aranceles de terceros organismos y la tasa de estadística.
Ahora, los solicitantes podrán tramitar el certificado de importación de los bienes e insumos necesarios para sus investigaciones en una solo paso desde la plataforma Trámites a Distancia (TAD) y con un proceso automatizado que emite las autorizaciones en simultáneo, en lugar de los ocho meses que solía tomar esta gestión.
Además, el trámite se simplificó significativamente, ya que ee eliminaron 30 requisitos que incluyen documentos e información (factura pro forma, carta de donación, carta de préstamo, copia del convenio, traducciones, entre otros).
A través de CI.VUCE se podrá identificar fácilmente la posición arancelaria de cada producto a importar; según el tipo de bien que se quiera importar, el sistema especificará los requisitos y autorizaciones necesarias y se reduce el número de bienes que requieren autorización de terceros organismos para su importación, teniendo en cuenta que el destino es la investigación científica.
El nuevo sistema permite además realizar importaciones puerta a puerta utilizando un servicio de courrier para importaciones de hasta 3.000 dólares y un máximo de 50 kilogramos. De esta manera, no requerirá la intervención de un despachante de aduanas ni abonar almacenaje.
El nuevo trámite en TAD se pondrá en marcha en el mes de septiembre pero desde ahora ya está vigente la eliminación de la tasa de estadística.
Sobre Roecyt
Fue creado en 2002 bajo la órbita de la Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva para organismos o entidades que desarrollen actividades de investigación científico-tecnológica, del ámbito público o privado, del Estado Nacional, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
A través de este sistema los organismos pueden obtener exenciones al pago de derechos de importación y de todo otro impuesto, gravamen, contribución, arancel o tasa de carácter aduanero, creados o por crearse para la importación de bienes destinados a la investigación científica y tecnológica.