Entre sus considerandos, el texto argumenta el objetivo de que puedan "atender los compromisos más urgentes derivados de la ejecución de su presupuesto de gastos y amortización de deudas".
Los anticipos son a cuenta de las respectivas participaciones en el producido de los Impuestos Nacionales sujetos a distribución o de los montos previstos en el Compromiso Federal, que deberán ser reintegrados dentro del mes de su otorgamiento, mediante la retención del producido de los mismos impuestos coparticipados.
Aclara que se podrá ampliar dicho plazo de devolución, sin exceder el ejercicio fiscal en que se otorgue. Los montos anticipados devengarán intereses sobre saldos, desde la fecha de su desembolso hasta la de su efectiva devolución, de acuerdo con la tasa y la modalidad que se establece en las normas.
El otorgamiento se realizó teniendo en cuenta el requerimiento formulado por dichos estados. A Córdoba se otorga a Córdoba $ 800.000.000; a Jujuy, $ 500.000.000; Mendoza, $ 1.000.000.000; Chubut, $ 250.000.000; Santa Fe, $ 600.000.000; Neuquén, $ 500.000.000 y Entre Ríos, $ 300.000.000.
Los decretos que otorgan los anticipos llevan la firma del presidente de la Nación, Mauricio Macri; del jefe de Gabinete, Marcos Peña, y del ministro de Hacienda y Finanzas Públicas, Alfonso de Prat Gay.