AVISO LEGAL
TENEDORES DE TÍTULOS DE DEUDA ARGENTINA CORRESPONDIENTES A LAS OFERTAS DE REESTRUCTURACIÓN DE DEUDA SOBERANA
DE LOS AÑOS 2005 Y 2010 SUJETOS A LA LEGISLACIÓN DE NUEVA YORK Y A LA LEGISLACIÓN DE INGLATERRA Y GALES
Por medio de la presente, la República Argentina informa a los Tenedores de Títulos de Deuda Argentina emitidos en los Canjes de Reestructuración de Deuda Soberana de los años 2005 y 2010 sujetos a la legislación del Estado de Nueva York, Estados Unidos de América, y a la legislación de Inglaterra y Gales (en adelante, los “Bonistas), que el día 30 de septiembre de 2014 ha depositado los montos correspondientes a los intereses de los Bonos Par por el equivalente a U$S 161 millones de Dólares.
El depósito ha sido realizado en las cuentas fiduciarias “Fondo Ley N° 26.984 – Pago Soberano de Deuda Reestructurada en Dólares Estadounidenses” y “Fondo Ley N° 26.984 – Pago Soberano de Deuda Reestructurada en Euros” (en adelante, las “Cuentas Fiduciarias”) de Nación Fideicomisos S.A., en su carácter de fiduciario (en adelante, el “Fiduciario”) del Contrato de Fideicomiso “Pago Soberano – Ley N° 26.984” de fecha 22 de septiembre de 2014 entre la República Argentina y el Fiduciario (el “Contrato de Fideicomiso”), abiertas en el Banco Central de la República Argentina (en adelante, el “BCRA”) de conformidad con el Artículo 4° de la Ley N° 26.984 de Pago Soberano.
De acuerdo al Contrato de Fideicomiso y a lo establecido en la Ley N° 24.441, el depósito de dichos fondos en las Cuentas Fiduciarias perfecciona su cesión irrevocable en propiedad fiduciaria al Fiduciario en beneficio de los Bonistas. Es decir, desde el momento de su depósito, los fondos han dejado de ser propiedad de la República Argentina y constituyen bienes fideicomitidos. El Contrato de Fideicomiso contempla que dichos fondos serán aplicados por el Fiduciario exclusivamente al pago de los servicios de los Títulos de Deuda de los Bonistas.
Al realizar dichos depósitos, la República Argentina ratifica una vez más su compromiso inquebrantable de cumplir todas sus obligaciones respecto de los Bonistas y contribuir mediante las medidas que estén a su alcance a preservar su derecho a cobrar las sumas que les corresponden bajo los Títulos de Deuda. Este derecho de los Bonistas se encuentra indebidamente obstaculizado por el incumplimiento de The Bank of New York Mellon (en adelante, “BNY Mellon”) de sus obligaciones como Agente Fiduciario del Convenio de Fideicomiso 2005-2010 (“Trust Indenture” de fecha 2 de junio de 2005, modificado el 30 de abril de 2010 entre la República Argentina y BNY Mellon), incluyendo la retención injustificada de los fondos que la República Argentina depositó en las cuentas de BNY Mellon en el BCRA en pago de los intereses de los Títulos de Deuda que los Bonistas debían cobrar el 30 de junio de 2014, conforme ya se describió detalladamente en los Avisos Legales de fechas 7 de julio y 7 de agosto de 2014.
Tal como se informó en el Aviso Legal de fecha 22 de septiembre de 2014, ese día la República Argentina intimó al BNY Mellon a renunciar inmediatamente a su nombramiento como Agente Fiduciario del Trust Indenture debido a que ha dejado de ser idóneo para desempeñar esa función conforme lo exigido por el Artículo 5.8 del Trust Indenture, y le advirtió que, en caso de que no renunciara, tanto la República Argentina como los Bonistas tendrían el derecho a separarlo de dicha función por su falta de idoneidad e incapacidad para actuar y a nombrar a otra entidad en su reemplazo, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 5.9 (b) y (c) del Trust Indenture.
Sin embargo, a la fecha de publicación de este Aviso Legal, BNY Mellon continúa rehusándose a renunciar y, al mismo tiempo, a cumplir con sus obligaciones contractuales.
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN REPÚBLICA ARGENTINA
Contacto: Analía Rach
Tel. + 54 (11) 4114-9595Email: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
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