A partir de la publicación en Boletín Oficial de la reglamentación, las compañías de telefonía móvil que operan en la Argentina deberán informar a los usuarios los precios de los abonos del plan contratado, el valor del segundo de llamada, y en especial de los primeros 30 segundos (que nunca podrá superar el costo del segundo multiplicado por 30), mensajes de texto, consumo de datos, y mensajes multimedia, entre otros.
Al respecto, Augusto Costa destacó que la medida permitirá "brindarle más información de los servicios que se consumen al usuario para que pueda comparar, elegir, y adecuar los planes de consumo a sus necesidades".
"Esto es resultado de un trabajo conjunto entre la Secretaría de Comercio y la Secretaría de consumidores para brindarle previsibilidad y transparencia a los precios", sostuvo Costa, quien además detalló que esta información estará disponible en diversos formatos: web, email u otros.
A su vez, Norberto Berner afirmó que la medida establece "estándares mínimos de la información que nos tienen que dar las empresas como el precio del plan contratado, el precio del segundo, entre otros.".
"De esta manera", subrayó, "vamos a poder comparar los detalles de facturación con las otras compañías de servicios de comunicaciones para que podamos elegir si nos seguimos quedando con una compañía o preferimos otra".